Ayudas Convocatorias 2019

Atrás Ayudas al alquiler de vivienda

Ayudas al alquiler de vivienda

 

 

AYUDAS AL ALQUILER VIVIENDA 2019

CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA RESOLUCIÓN DE 18 DE JULIO DE 2022

En fecha 16 de agosto de 2022, se ha publicado en el DOGV la CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 18 de julio de 2022, de la Dirección General de Emergencia Residencial, Función Social de la Vivienda y Observatorio del Hábitat y Segregación Urbana, para la concesión de ayudas al alquiler de vivienda, a consecuencia de la estimación de recursos de reposición, en relación con la Orden 5/2018, de 25 de junio, de la consellería de vivienda, obras públicas y vertebración del territorio, por la cual se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas al alquiler de vivienda y programa de ayudas al alquiler para jóvenes y la Resolución de 7 de febrero de 2019, por la cual se convocan estas ayudas para el ejercicio 2019.

 

RESOLUCIÓN DE RECURSOS DE REPOSICIÓN

En fecha 9 de agosto de 2022, se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2022, de la Dirección General de Emergencia Habitacional, Función Social de la Vivienda y Observatorio del Hábitat y Segregación Urbana, para la concesión de ayudas al alquiler de vivienda, como consecuencia de la estimación de recursos de reposición, en relación con la Orden 5/2018, de 25 de junio, de la conselleria de vivienda, obras públicas y vertebración del territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas al alquiler de vivienda y programa de ayudas al alquiler para jóvenes y la Resolución de 7 de febrero de 2019, por la que se convocan dichas ayudas para el ejercicio 2019.

CONSULTA TU NOTIFICACIÓN: a través de este enlace cada solicitante podrá acceder a la información relativa a la estimación o denegación de la ayuda. Las personas cuyas  solicitudes hayan sido denegadas por incumplimiento de requisitos establecidos en las bases de la convocatoria o declarados desistidos de la solicitud podrán presentar recurso como se indica más abajo.


Para el abono de la subvención la parte beneficiaria deberá aportar la justificación bancaria del pago del alquiler del año 2019 en el plazo de 10 días a partir del día siguiente a la publicación en el DOGV de la presente resolución, asimismo deberá asumir el resto de obligaciones y responsabilidades señaladas en las bases reguladas por la Orden 5/2018, de 25 de junio, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de Ayudas al Alquiler de Vivienda y Programa de Ayudas al Alquiler para Jóvenes, aportando para ello la documentación que fuera requerida. La presentación de dichos recibos justificativos deberá realizarse a través de este trámite telemático o en cualquier Registro administrativo (Ayuntamiento, PROP. Oficinas de correos, etc…)dirigido a los Servicios Territoriales de Vivienda y Arquitectura Bioclimática.


Se le informa que para aportar documentación en este trámite debe tener certificado digital o cl@ve permanente.


Contra la Resolución por la que se conceden las ayudas al alquiler de vivienda se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses  contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Podrá interponer recurso potestativo de reposición a través de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o mediante este trámite telemático con certificado digital o cl@ve permanente
 

 

LISTADO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO

Se publica en la web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, en fecha 4 de noviembre de 2019,  el "Listado de las solicitudes de ayudas al alquiler de la convocatoria 2019 y su estado" de las solicitudes de alquiler que habiendo sido presentadas en plazo en la Administración, entraron en los Servicios Territoriales de Vivienda y Rehabilitación en fecha posterior a la confección y publicación (12 de septiembre de 2019) en la web del listado provisional de expedientes de solicitantes, en el que se establecía quienes tenían los expedientes completos y aquéllos que debían aportar documentación.

Puede consultar el estado de su documentación y los motivos de exclusión en su caso, con el NIF o NIE, y los últimos 6 dígitos de la cuenta bancaria que indicó en la solicitud: CONSULTA TU NOTIFICACIÓN.

 

LISTADOS PROVISIONALES

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2, de la base Undécima de la Orden 5/2018, de 25 de junio, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, se procede a publicar en la web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática el día 12 DE SEPTIEMBRE los listados provisionales de solicitantes cuya documentación está completa y aquellos que deben aportar documentación.

El plazo para formular alegaciones, aportar documenatción y/o subsanar los reparos será del día 13 al 30 DE SEPTIEMBRE, ambos inclusive.

LISTADO DE SOLICITUDES de Ayuda al alquiler 2019.

Debe consultar la documentación que tiene que subsanar y los motivos de exclusión en su caso, con el NIF, CIF o NIE y los últimos 6 digítos de la cuenta bancaria que indicó en la solicitud.

CONSULTA TU NOTIFICACIÓN para comprobar qué documentación le falta a la solicitud de ayuda al alquiler.

La presentación de las alegaciones y/o documentación se podrá bien realizar TELEMÁTICAMENTE o bien mediante su presentación en papel dirigiéndose al Servicio Territorial de Vivienda y Rehabilitación donde se tramita su expediente.

 

Bases y convocatoria

ORDEN 5/2018, de 25 de junio, de la Conselleria de Vivienda,Obras Públicas y Vertebración el Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de ayudas al alquiler de viviendas y Programa de ayudas al alquiler para jóvenes.

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2019, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las ayudas del Programa de Ayudas al Alquiler de Vivienda y del Programa de Ayudas al Alquiler para Jóvenes.

Guía informativa de las ayudas al alquiler de viviendas 2019

 

Tramitación de la solicitud

La tramitación podrá realizarse de forma telemática o presencial:
a) Telemática: si dispone de certificado digital reconocido por la ACCV o DNI electrónico, se hace a través del enlace "Trámite para solicitar la ayuda".  Clique en "Tramitar con certificado", rellene la solicitud, adjunte el "ANEXO A LA SOLICITUD DEL PROGRAMA DE AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA. CONVOCATORIA 2019" firmado y toda la documentación exigida en la convocatoria.

b) Presencial: acceda al enlace "Trámite para solicitar la ayuda". Clique en "Tramitar telemáticamente", rellene el formulario y lo envíe. Descargue el justificante de entrada junto con la solicitud cumplimentada, fírmela, guarde los dos documentos. Después, imprima la solicitud firmada y el justificante y lo presente acompañado del "ANEXO A LA SOLICITUD DEL PROGRAMA DE AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA. CONVOCATORIA 2019" firmado y la documentación exigida en la convocatoria, preferentemente, en el registro de entrada de los servicios territoriales de vivienda y rehabilitación, también en oficinas PROP, ayuntamientos, por correo certificado y en los lugares establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Puede pedir cita previa a los servicios territoriales para que le ayuden a realizar el trámite. Asimismo, los ayuntamientos podrán ayudarle podrán colaborar en la realización del trámite.
Los ayuntamientos o mancomunidades podrán presentar solicitudes telemáticamente autorizados por las personas solicitantes.

 

Si tiene problemas con el formulario electrónico puede enviar un correo a generalitat_en_red@gva.es

 

Guia dirigida a los ayuntamientos para colaborar en la tramitación de solicitudes de ayudas de alquiler.

 

Impresos asociados

ALQ. 90015 ANEXO. DECLARACIONES RESPONSABLES Y AUTORIZACIONES FIRMADAS POR CADA UNO DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA MAYOR DE 16 AÑOS.

 

MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

 

Si ha olvidado presentar documentación, una vez presentada la solicitud, la adjunte a través de este procedimiento telemático.