Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plan VIVE - Vivienda y Calidad en la Edificación
Plan VIVE
PLAN DE IMPULSO A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN PÚBLICA
La Generalitat ha suscrito con la Federación Valenciana de Municipios y Provincias un Convenio marco de colaboración para el impulso de la promoción de viviendas de protección pública en suelo de las administraciones locales mediante colaboración público-privada.
Documento con información relativa al procedimiento para la adhesión y posterior cesión de parcelas.
1. Acceso al trámite de adhesión al Convenio marco.
Para la formalización de la adhesión al Convenio marco entre la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y la Generalitat los ayuntamientos deberán adoptar el acuerdo municipal por parte del órgano competente (modelo de acuerdo).
Una vez adoptado el acuerdo municipal se cumplimentarán los siguientes formularios:
- El protocolo de adhesión (firmado).
2. Trámite complementario de información de suelo.
Una vez formalizada la adhesión al Convenio, los ayuntamientos interesados podrán aportar información sobre los suelos de titularidad municipales disponibles para su cesión con el objeto de acometer las promociones de vivienda de protección pública en el municipio.
¿Sobre qué tipologia de suelo se puede remitir información?
Aquellos ayuntamientos que hayan formalizado su adhesión conforme con el trámite 1, podrán aportar la información relativa a las parcelas que se pretendan analizar para su posterior cesión a la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo (EVha). Las parcelas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ostentar sobre la parcela la tituraridad de pleno dominio.
- Estar inscrita en el Registro de la propiedad y estar libre de cargas.
- Tener la condición de solar.
- Tener la calificación de suelo residencial o suelo dotacional compatible con residencial.
- Preferentemente, estar ubicadas en zonas urbanas consolidadas.
¿Qué documentación debe aportarse?
- Informe urbanístico municipal.
- Nota simple del Registro de la propiedad, con antigüedad máxima de 3 meses.
- Certificado catastral.
- Cualquier otra información relevante vinculada a las parcelas.
Una vez recibida la información complementaria, la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo (EVha), dependiente de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, realizará una evaluación de las parcelas y contactará con los ayuntamientos a los efectos de concretar, en su caso, todos los aspectos relacionados con el régimen de cesión, régimen económico, destino de las mismas, plazos, gastos, y procedimiento de contratación, que se concretarán en el correspondiente convenio específico y de cesión a suscribir con el ayuntamiento.