Preguntas frecuentes

Atrás 4. ¿Cuándo se resolverá su solicitud?

Una vez presentada la solicitud por el arrendador, la Administración dispone de un plazo máximo de tres meses para resolver y notificar la resolución al interesado, si bien excepcionalmente, el órgano competente podrá acordar de manera motivada, la ampliación del plazo en tres meses más, lo cual deberá notificar expresamente al interesado.

En el caso de que, llegado el vencimiento del plazo máximo, la Administración no haya notificado resolución expresa, el interesado podrá entenderla estimada por silencio administrativo..