Ayudas rehabilitación elementos comunes de edificios de viviendas - Arquitectura
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Ayudas rehabilitación elementos comunes de edificios de viviendas
AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE ELEMENTOS COMUNES DE LOS EDIFICIOS
Bases
Convocatoria
Listado de reparos de las solicitudes de ayudas para la rehabilitación de elementos comunes del edificio
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RESOLUCIÓN DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA 2017. LISTADOS DEFINITIVOS.
LISTADOS DEFINITIVOS de ayudas Rehabilitación 2017 CONCEDIDAS
De conformidad con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden de las bases reguladoras y en la resolución de convocatoria de las ayudas, para el abono de la subvención la parte beneficiaria deberá solicitar telemáticamente la solicitud de calificación definitiva y abono de las ayudas en el plazo máximo de un mes a contar desde la finalización de las obras aportando la documentación que se indica en la misma.
En el supuesto de que el coste de la actuación sea inferior al coste inicial previsto incluido en la solicitud de ayudas, se recalculará el importe de la subvención, pudiendo ésta ser minorada en función del coste real de la obra debidamente justificado.
Asimismo, deberá cumplir con el resto de requisitos, obligaciones y responsabilidades señaladas en las bases reguladas por la Orden 6/2017, de 21 de abril, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones del Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria, publicada en el DOGV número 8030 de 2 de mayo, aportando para ello la documentación que le fuera requerida.
De acuerdo con los dispuesto en la base decimosexta de la orden citada, la Generalitat podrá comprobar, por los medios que estime más adecuados, el cumplimiento de las obligaciones inherentes al otorgamiento de las ayudas. El incumplimiento de estas obligaciones, podrá dar lugar a la revocación de la subvención concedida.
LISTADOS DEFINITIVOS de ayudas Rehabilitación 2017 DENEGADAS
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Resolución de la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, de fecha 17 de noviembre de 2017 (DOGV de 28 de noviembre de 2017), contra la resolución de las ayudas se podrá interponer telemáticamente recurso potestativo de reposición ante la Consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución en el DOGV, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la misma.
Para interponer recurso potestastivo de reposición pinche AQUÍ
Comunicación telemática de inicio de las obras de un expediente de rehabilitación edificatoria