Consulta Pública Previa

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Proyecto de Orden por la que se aprueba el catálogo de áreas de necesidad de vivienda

El trámite de consulta pública previa está previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, este artículo establece que, con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se pedirá la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
 
Alegaciones: enviar a dg_funcio_social_habitatge@gva.es
Plazo de aportaciones: hasta el día 30 de noviembre (inclusive)