Unidad de ayuda ante desahucios

Unidad de ayuda ante desahucios

¿QUÉ ES LA UAD?

Es la Unidad de Ayuda en caso de desalojo y/o situación de emergencia residencial. La UAD cuenta con un servicio central (en la DGEH) y tres servicios territoriales (Alicante, Castellón y Valencia). Además, forman parte de la UAD las oficinas de la Xarxa Xaloc.

La función principal de la UAD, servicio central, es la Coordinación entre los diferentes agentes que pueden intervenir en situaciones de emergencia residencial, entre otros:

  • Centros Municipales Servicios Sociales (técnicos Jurídicos de los Municipios, Oficinas de Vivienda Municipal).
  • Turno de oficio, Registradores de la Propiedad, Procuradores, etc.
  • EVha (Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo).
  • Entidades, Asociaciones y/o Plataformas del Tercer Sector.

Además de la función de coordinación, la UAD procederá al estudio y análisis de cada caso particular que llegue al servicio central y tras su valoración, se remite al órgano competente para que el interesado sea atendido en la situación de emergencia residencial.

Por su parte, los puntos territoriales UAD y Xaloc, proceden al estudio y análisis de cada caso particular, y tras su valoración, se remite al órgano competente para que el interesado sea atendido en la situación de emergencia residencial, comunicando al centro UAD las actuaciones realizadas.

Asimismo, se supervisa hasta el cierre del expediente.

 

FINALIDAD

La finalidad de la UAD es hacer valer el derecho a disfrutar de una vivienda digna, asequible y adecuada para particulares en la Comunidad Valenciana, con las diferentes soluciones Residenciales.

 

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO ESTE SERVICIO?

Está dirigido a todas las personas físicas y jurídicas, con capacidad de actuación ante las administraciones públicas, de acuerdo con lo establecido por la ley, así como a Asociaciones de Vecinos, Plataforma de Hipotecas Afectadas, persona que represente al cliente, otras Administraciones del Tercer Sector, así como Servicios Sociales de municipios, ONG... etc

Cualquier persona o entidad que se encuentra en una situación de emergencia residencial.

 

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN

 

1. Documento de registro

Desde la UAD, enviamos un documento de registro que se requiere para poder estudiar correcta y exhaustivamente cada uno de los casos en particular y porque la LOPD así lo exige.

 

2. Estudio de cada caso particular

Dependiendo del caso en particular, la acción es diferente:

  1. Si se trata de un desalojo/desahucio.
  2. Si es por ocupación sin título.
  3. Si se trata de un desahucio por impago de la hipoteca.
  4. Si se trata de una Precariedad, desahucio/desahucio por falta de pago de la renta, pero existe la posibilidad de negociación con el arrendador/banco, etc.

La casuística puede ser muy diversa y necesitamos conocer mejor la situación particular de cada familia.

 

3. Legislación vigente a la que pueden acogerse

Debido al Estado de Alarma COVID, hay una prórroga extraordinaria de 6 meses en el contrato de arrendamiento, así como la suspensión del desalojo (si se trata de personas vulnerables o unidades de convivencia), con un Informe de Vulnerabilidad emitido por los Servicios Sociales locales.

La suspensión de los desahucios es hasta el 31 de Octubre.

  • Para la prórroga de seis meses en el alquiler, es necesario presentar una carta del arrendatario al arrendador solicitando esta prórroga debido al Estado de Alarma publicado en RDL 11/2020 y ahora RDL 8/2021. También lo puede solicitar la persona afectada o su abogado.
  • Para la suspensión del desalojo, es necesario que desde Servicios Sociales, o el abogado de la persona afectada lleve al Juzgado el Informe de Vulnerabilidad solicitando la paralización del desalojo.

 

4. Asesoramiento Legal Complementario al Servicio de la UAD

El asesoramiento legal en la fase inicial de un problema residencial es de vital importancia para que se puedan explorar todas las soluciones posibles. Por ello, resulta imprescindible anticiparse al problema desde el momento en que se prevea que pueda surgir cualquier dificultad con la vivienda en la que reside.

Si no dispone de recursos suficientes para costearse un abogado o abogada, puede contactar con el Servicio de Orientación Jurídica.

  •  En los casos en que no se haya iniciado el procedimiento judicial, podrá entrevistarse gratuitamente con cualquiera de sus abogados y abogadas.
  •  En lo casos en que ya exista un procedimiento judicial en curso, podrá cursar la solicitud de abogado o abogada de oficio.

 

¿CÓMO CONTACTAR CON EL SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA?

Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Alcoy:
https://www.ica-alcoy.com/es/justicia-gratuita/servicio-orientacion-juridica

Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio Provincial de la Abogacía de Alicante:
https://www.icali.es/asistencia-juridica-gratuita/cita-previa/

Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Alzira:
https://www.icaalzira.com/servicios/soj

Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Castellón:
https://icacs.com/servicios-al-ciudadano/soj-justicia-gratuita/

Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Elche:
https://www.icae.es/turno-de-oficio/servicio-de-orientacion-juridica/

Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Orihuela:
https://www.icaorihuela.com/asistencia-juridica-gratuita/

Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Sueca:
https://icasueca.es/soj/

Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia:
https://www.icav.es/ver/110/servicio-de-orientacion-juridica.html


5. Inscripción en la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo y en el Registro de Demandantes

Esta unidad de convivencia debe estar inscrita en la EVha así como en el Registro de Demandantes de Vivienda de la Generalitat, para acceder a una vivienda de parque público autonómico. En la EVha se estudia y se evalúa cada caso particular. Enlace a la entidad: http://www.evha.es/portal/valenciano/

Adjuntamos el enlace de la solicitud de inscripción: https://www.gva.es/downloads/publicados/IN/12254_BI.pdf

https://habitatge.gva.es/es/web/vivienda-y-calidad-en-la-edificacion/registro-de-demandantes

 

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN URGENTE


Es una opción excepcional a tener en cuenta, cuando el Municipio Considera que se trata de una situación de extrema vulnerabilidad y la unidad de Convivencia necesita urgentemente una vivienda.
En esta situación, Servicios Sociales junto con el Equipo de gobierno Municipal deben elaborar un procedimiento de adjudicación urgente o lo que es lo mismo un decreto de alcaldía, firmado por el secretario Municipal), adjuntado un Informe Social y enviarlo a la EVha ( Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo), por registro de entrada.

 

Contactos: