Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Compensación a arrendadores - Vivienda y Calidad en la Edificación
1. ¿Qué debe hacer el arrendador para acceder a la compensación?
Para que se pueda compensar las rentas dejadas de percibir, el arrendador deberá presentar la solicitud correspondiente hasta el 31 de enero de 2025, último día para poder solicitarlo.
2. ¿Dónde y cómo se debe presentar la solicitud?
Los arrendadores y propietarios afectados por la paralización judicial de los desahucios deberán dirigir su solicitud a la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y...
3. ¿Qué documentación deben presentar?
La solicitud de compensación de arrendadores y propietarios debe acompañarse de la siguiente documentación: 1.- PROPER: Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las...
4. ¿Cuándo se resolverá su solicitud?
Una vez presentada la solicitud por el arrendador, la Administración dispone de un plazo máximo de tres meses para resolver y notificar la resolución al interesado, si bien excepcionalmente, el...