Seguimiento solicitudes presentadas

Seguimiento solicitudes presentadas

Se publican con fecha 25 de junio de 2025 los listados provisionales con las solicitudes completas y las incompletas que han sido presentadas desde el día 1 de abril de 2025 hasta el día 23 de abril de 2025 inclusive, de conformidad con la base 15ª "Instrucción del procedimiento", de la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, de aprobación de bases reguladoras para la concesión directa del Bono Alquiler Joven, y convocatoria para el ejercicio 2025.

Las solicitudes cuyo estado es COMPLETO NO es necesario que aporten más documentación adicional y pasarán a propuesta de resolución para ser estimadas.

Las solicitudes cuyo estado es INCOMPLETO resultan excluidas provisionalmente por NO haber aportado toda la documentación requerida o por incumplirse los requisitos necesarios para ser persona beneficiaria de esta ayuda, por lo que a partir del día siguiente de esta publicación se concede un plazo de 10 días para que se aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, de conformidad con lo que dispone el artículo 68 de la Ley 39/2015 y con la base 15ª "Instrucción del procedimiento", de la Resolución de 13 de marzo de 2025 citada anteriormente.

El plazo se inicia el día 26 de junio de 2025 y finaliza el 9 de julio de 2025.

Debe consultar la documentación preceptiva necesaria para completar su expediente y subsanar los defectos, introduciendo el NIF o NIE y la clave temporal que recibirá en este enlace CONSULTA TU NOTIFICACIÓN.

ATENCIÓN: Para la correcta visualización de la notificación, es necesario permitir las ventanas emergentes en el navegador.

Se recomienda realizar la aportación documental con firma digital a través de este trámite telemático en el apartado SUBSANACIÓN.

Si para subsanar su solicitud, debe aportar el formulario de declaración responsable, puede descargarlo a través de este enlace