Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad
Derechos de las trabajadoras por cuenta propia - Comisionado para la lucha contra la violencia sobre la mujer
Derechos de las trabajadoras por cuenta propia
Las trabajadoras por cuenta propia víctimas de violencia de género que tengan que cesar en su actividad para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral no estarán obligadas a cotizar durante un período de seis meses, que serán considerados como de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de Seguridad Social. Además, su situación será considerada como asimilada a la de alta para acceder a las prestaciones de la Seguridad Social, y durante este periodo se mantiene el derecho a la prestación de asistencia sanitaria de la Seguridad Social.