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Proyecto orden de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de edificios y la adecuación del entorno construido en municipios mediante el Plan «Conviure»

El trámite de información pública está previsto en los artículos 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, 42 y 43.1.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, 47 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunidad Valenciana, 52 del Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat.

Con fecha 6 de febrero de 2023 se ha publicado en el DOGV n.º 9527 el anuncio por el cual se somete a información pública el texto del Proyecto de orden de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la cual se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la rehabilitación de edificios y la adecuación del entorno construido en municipios mediante el Plan «Conviure»

Documento de consulta

Alegaciones

Sin perjuicio de aquello que se prevé en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrán presentar:

- Correo electrónico:

Enviar a: dg_calidad_rehabilitacio@gva.es

- Tramitación telemática:

A través del siguiente enlace https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=20486

Asunto

Indicar en el asunto "Alegaciones al Proyecto de de Orden por la cual se aprueban las bases reguladoras del plan Conviure".

Se hará constar el nombre y apellidos o razón social, la dirección y el DNI, NIE o NIF de la persona o entidad que presento alegaciones. Para la adecuada interpretación, valoración y, si procede, incorporación de las aportaciones, se tendría que especificar el artículo y el apartado del proyecto al cual se refieren, la modificación que se propone y las razones en que se sustenta. Se recomienda, así mismo, acompañar una propuesta de redacción alternativa.

Plazo

El plazo para realizar alegaciones es de 7 días hábiles, de de acuerdo con lo previsto en los artículos 43.1, apartado c) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y 165.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, Sector Público Instrumental y Subvenciones. Este plazo finaliza el día 16 de febrero de 2023 (inclusive).