Seguimiento solicitudes presentadas

Seguimiento solicitudes presentadas

LISTADO PROVISIONAL

Se procede a publicar en la web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática el día 25 de noviembre de 2022 el listado provisional de las solicitudes admitidas cuya documentación está completa y aquellas que deben aportar documentación, por resultar incompleta la documentación presentada o por incumplimiento de requisitos (propuesta de denegación), de acuerdo con lo dispuesto en la Base Decimotercera. Instrucción y tramitación del procedimiento  de la ORDEN 4/2022, de 21 de junio, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Programa de Ayudas al Alquiler de Viviendas correspondientes al Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, y se procede a la convocatoria para el ejercicio 2022.

El plazo para formular alegaciones, aportar documentación y/o subsanar los reparos será desde el día 28 de noviembre de 2022 hasta el 13 de diciembre, ambos inclusive.

Debe consultar la documentación preceptiva necesaria para completar su expediente y/o subsanar los motivos de exclusión, en su caso, introduciendo el NIF, CIF o NIE y los últimos 6 dígitos de la cuenta bancaria que indicó en la solicitud, en este enlace:

CONSULTA TU NOTIFICACIÓN.

Se recomienda realizar la aportación documental con firma digital a través del trámite telemático

LISTADO PROVISIONAL DE SOLICITUDES de Ayuda al alquiler de vivienda 2022.

LISTADO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE SOLICITUDES de Ayudas al alquiler de vivienda 2022.

Se publica un listado provisional complementario con  beneficiarios que por error informático no aparecieron en el listado provisional de ayudas al alquiler.

El plazo de los expedientes, que figuran en el listado provisional complementario, para formular alegaciones, aportar documentación y/o subsanar los reparos. es de 10 días, desde el día 2 de diciembre hasta el 19 de diciembre de 2022, ambos incluidos.

Debe consultar la documentación preceptiva necesaria para completar su expediente y/o subsanar los motivos de exclusión, en su caso, introduciendo el NIF, CIF o NIE y los últimos 6 dígitos de la cuenta bancaria que indicó en la solicitud, en este enlace:

CONSULTA TU NOTIFICACIÓN.

Se recomienda realizar la aportación documental con firma digital a través del trámite telemático