Fondos europeos para la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes

Fondos europeos para la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes



 

PRESENTACIÓN

 

ACUERDO COMISIÓN BILATERAL

 

INFORMACIÓN PÚBLICA BASES

 

FICHAS ACTUACIONES

 

ORDEN DE BASES Y EXTRACTO

 

PLIEGO

 

PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN

 

SOLICITUD DE AYUDAS

La solicitud de ayudas consta de dos trámites consecutivos y se realizará a través de los siguientes enlaces: 

La solicitud de ayudas sólo se entenderá presentada si después de realizar el trámite 1 realiza tantas aportaciones documentales (trámite 2) como parcelas haya en su LOTE.

 

AMPLIACIÓN DE PLAZO

RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2023, de la directora general de Vivienda y Regeneración Urbana, por la que se amplía el plazo para la presentación de la solicitud de subvenciones del Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026 - financiado por la Unión Europea - Next Generation EU. Convocatoria 2022. 

 

SOLICITUDES PRESENTADAS

Conforme a la base duodécima de la Orden 8/2022, de 18 de noviembre, de la Vicepresidencia segunda y Consellería de Vivienda y Arquitectura bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026 – Financiando por la Unión Europea – Next Generation EU y se procede a su convocatoria para el año 2022, se presentaron las siguientes solicitudes:


- Para el LOTE 1: solicitud presentada por la mercantil VIVASVAL 1, S.L. 
- Para el LOTE 2: solicitud presentada por la mercantil VIVASVAL 2, S.L. 
- Para el LOTE 3: solicitud presentada por la mercantil VIVASVAL 3, S.L. 

Todas ellas han sido admitidas por cumplir los requisitos de las bases reguladoras.

 

SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES

Conforme a la base decimotercera de la Orden 8/2022, de 18 de noviembre, de la Vicepresidencia segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026 – Financiando por la Unión Europea – Next Generation EU y se procede a su convocatoria para el año 2022, se notificaron requerimientos de subsanación de la documentación aportada.

VIVASVAL 1, S.L., titular del derecho de superficie del LOTE 1, debe subsanar:
-    BASE 9ª punto 1. 
-    BASE 12ª punto 2.1.1, punto 2.1.5, punto 2.1.6, punto 2.2, punto 2.3, punto 2.4, punto 2.5, punto 2.6, punto 2.7, punto 2.8, punto 2.9, punto 2.10, punto 2.11, punto 2.12, punto 2.13, punto 2.14, punto 2.15, punto 2.16, punto 2.17, punto 3, punto 4 y punto 6. 
-    BASE 19ª punto 7.

VIVASVAL 2, S.L., titular del derecho de superficie del LOTE 2, debe subsanar:
-    BASE 9ª punto 1. 
-    BASE 12ª punto 2.1.1, punto 2.1.5, punto 2.1.6, punto 2.2, punto 2.3, punto 2.4, punto 2.6, punto 2.7, punto 2.8, punto 2.9, punto 2.10, punto 2.12, punto 2.17, punto 3, punto 4 y punto 6.
-    BASE 19ª punto 7.

VIVASVAL 3, S.L., titular del derecho de superficie del LOTE 3, debe subsanar:
-    BASE 9ª punto 1. 
-    BASE 12ª punto 2.1.1, punto 2.1.5, punto 2.1.6, punto 2.2, punto 2.3, punto 2.4, punto 2.6, punto 2.7, punto 2.8, punto 2.9, punto 2.10, punto 2.12, punto 2.17, punto 3, punto 4 y punto 6.
-    BASE 19ª punto 7.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (Fichas actualizadas 06/10/23)

 

HERRAMIENTAS

 

DUDAS Y CONSULTAS