Ayudas implantación del IEEV.CV

Ayudas implantación del IEEV.CV



 


 

 

 

-BASES

ORDEN 1/2021, de 19 de abril, de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios de viviendas (IEE.CV)

 

CORRECCIÓN de errores de la Orden 1/2021, de 19 de abril, de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios de viviendas (IEEV-CV) de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios de viviendas (IEEV-CV).

 

 

-CONVOCATORIA

RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, por la cual se convocan para el ejercicio 2022 las ayudas para la realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV).

 

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, por la cual se incrementa la cuantía máxima de la convocatoria regulada mediante la Resolución de 17 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, por la cual se convocan para el ejercicio 2022 las ayudas para la realización del informe de evaluación del edificio (IEEV.CV)

 

BOLETÍN DIFUSIÓN

 

TRÁMITE- SOLICITUD

 

TRÁMITE ALTA/ MODIFICACIÓN/ BAJA DE DOMICILIACIÓN BANCARIA [PRÓXIMO]

https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=22648

 

 

APLAZAMIENTO DE LA FECHA DE LA PUBLICACIÓN EN LA WEB DEL LISTADO De OBJECIONES DE LAS SOLICITUDES De AYUDAS A la IMPLANTACIÓN DEL IEEV.CV, INDICANDO AQUELLAS QUE ESTÁN COMPLETAS, IMCOMPLETES I LAS NO ADMITIDAS A TRÁMITE (València, 25 de mayo de 2022).

 

A consecuencia del cambio a la nueva plataforma informática diseñada para la tramitación de estas  ayudas se ha producido una demora en la completa operatividad de esta, produciendo retrasos en la revisión de las solicitudes presentadas que junto a la gran respuesta que ha habido en el número de peticiones, resulta materialmente imposible proceder a la publicación del listado de peticiones en el plazo estipulado por el cual, conforme al indicado en la Base Reguladora  Sexta punto 4 de la Orden 1/2021, de 19 de abril, de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, se comunica que la fecha de publicación se retrasa hasta el lunes 27 de junio de 2022.

 

  • Listado de inconvenientes solicitudes de ayudas a la implantación del informe de evaluación del edificio IEEV.CV 2021.  (València, 27/06/2022)

Listado de solicitudes de la provincia de Alicante

Listado de solicitudes de la provincia de Castelló

Listado de solicitudes de la provincia de València

 

El plazo máximo para la enmienda de inconvenientes concluye el día 11 de julio de 2022 inclusivamente.

 

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, de la convocatoria para la concesión de las ayudas reguladas mediante la Orden 1/2021, de 19 de abril, de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios de viviendas (IEE.CV), convocadas mediante la Resolución de 17 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética (21-12-2022)

 

LISTADOS DEFINITIVOS de ayudas IEEV.CV 2022 CONCEDIDAS

ALICANTE          CASTELLÓN              VALENCIA    

 

LISTADOS DEFINITIVOS de ayudas IEEV.CV 2022 DENEGADAS

ALICANTE            CASTELLÓN             VALENCIA 



LISTADOS DEFINITIVOS de ayudas IEEV.CV 2022 DESISTIDAS

ALICANTE            CASTELLÓN            VALÈNCIA 
 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Secretaria Autonómica de Arquitectura Bioclimática y Sostenibilidad Energética, de acuerdo con el Resuelvo Primero de la Resolución de 2 de agosto de 2019, del Vicepresidente Segundo y Conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, sobre delegación del ejercicio de competencias en determinados órganos de la Conselleria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Para interponer recurso potestativo de reposición de forma telemática pincha AQUÍ.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede presentar la solicitud de ayudas?

Las comunidades de personas propietarias o personas propietarias únicas de edificios de carácter predominantemente residencial.

Se podrá autorizar al técnico redactor del IEE. CV a que tramite la solicitud telemática en su nombre, en cuyo caso se deberá aportar el impreso de solicitud firmado por la parte beneficiaria, solicitante de la ayuda, donde conste la citada autorización.

¿Se puede presentar la solicitud de ayudas para cualquier IEEV.CV realizado?

Sólo para aquellos informes registrados en el Registro autonómico, con posterioridad a la fecha que establezca la convocatoria correspondiente

¿Cuál es el importe de los honorarios del técnico que intervenga?

 Los honorarios son libres, por lo que se ha de alcanzar un acuerdo entre las partes.

¿Qué presupuesto se presenta?

No hay que presentar el presupuesto. Se presentará factura de honorarios por la realización del Informe de Evaluación del Edificio, acompañando el documento bancario que acredite que el abono de la factura se ha efectuado a través de una entidad financiera y no mediante pago en metálico.

¿Qué documentación hay que presentar?

La establecida en la base cuarta.

a) Impreso de solicitud firmado por la parte beneficiaria o su representante.

b) Factura de honorarios por la realización del Informe de Evaluación del Edificio, acompañando el documento bancario que acredite que el abono de la factura se ha efectuado a través de una entidad financiera y no mediante pago en metálico.

c) Justificación de la inscripción del IEEV.CV en el Registro al efecto, mediante la presentación del justificante.

d) En su caso, acta de la comunidad de personas propietarias donde se nombre al representante para tramitar la solicitud de ayudas y demás actuaciones que procedan en la gestión de la subvención.